Capítulo VIII - Del Obispo Auxiliar

CAPÍTULO VIII
DEL OBISPO AUXILIAR

Can. 69 – El Obispo Auxiliar es colaborador inmediato y directo del Arzobispo Metropolitano de León, junto con el Vicario General, compartiendo la responsabilidad en el gobierno pastoral de esta Iglesia particular, según el derecho de la Iglesia y las disposiciones del Ordinario.

Can. 70 – El Obispo Auxiliar actúa en plena obediencia a la santa sede y su ordinario, ejerciendo funciones pastorales, litúrgicas, formativas y representativas.

Can. 71 – Son funciones propias del Obispo Auxiliar: asistir al Arzobispo en el gobierno general de la Arquidiócesis, presidir celebraciones litúrgicas solemnes, realizar visitas pastorales, supervisar ámbitos de evangelización, catequesis, formación del clero y la vida consagrada, representar a la Arquidiócesis en actos públicos o eclesiales, y atender a las necesidades pastorales que el Arzobispo le encomiende.

Can. 72 – Su vestimenta ordinaria es la sotana negra con ribetes y botones de color púrpura, fajín púrpura, con o sin esclavina, pectoral  y solideo.

Can. 73 – El traje coral del Obispo Auxiliar se compone de sotana púrpura con ribetes rojos, fajín púrpura, roquete, muceta púrpura, solideo, cruccicordio y, si lo desea, birreta púrpura con borla. 

Este atuendo será utilizado en las celebraciones solemnes de la Liturgia de las Horas, en actos litúrgicos no sacramentales, en recepciones oficiales del Arzobispo durante visitas pastorales, en actos protocolares arquidiocesanos, y en celebraciones del cabildo si asiste como invitado.

Can. 74 – Para la celebración de la Santa Misa, el Obispo Auxiliar se reviste con alba, cíngulo, estola, casulla, mitra, báculo y anillo episcopal, conforme a las normas litúrgicas vigentes. No podrá concelebrar con presbíteros, en virtud del orden episcopal recibido.

Can. 75 – El escudo heráldico del Obispo Auxiliar llevará el capelo verde con seis (6) borlas verdes a cada lado, según la tradición heráldica episcopal de la Iglesia latina.


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